Normas piscina comunitaria (actualizado 2021)

Jun 3, 2020

El primer verano de COVID en España nos trajo la fase 2 del plan de desescalada que contenía las esperadas medidas para la apertura de las piscinas.

Infinidad de dudas y cambios que de una forma u otra terminó desencadenando en dos opciones, no abrir la piscina o instaurar un sistema para controlar el aforo.

Las condiciones para la apertura de las piscinas son numerosas, en consonancia con el resto de actividades, y van desde la reducción del aforo con su consiguuiente gestión y control, la señalización de los espacios comunes para garantizar el metro y medio de distancia entre usuarios, evitando cualquier contacto, y la desinfección diaria de toda la instalación previa a su apertura.

Según varias fuentes oficiales (solo hay que hacer una búsqueda en google) este año se deberán respetar las mismas normas de uso, por lo que sabemos de antemano lo suficiente para que todos podamos disfrutar de nuestras piscinas.

Esta información es pública en el BOE y podemos acceder a ella pulsando en la imagen.

El aforo el aforo máximo dependerá del nivel de alerta y la comunidad autónoma

Entre los requisitos de Sanidad para el uso de estas instalaciones, se encuentra la restricción del aforo, “siempre que sea posible respetar la distancia de seguridad entre usuarios de dos metros”.

Por ejemplo en Madrid se generaliza a un aforo del 75% mientras que en Andalucía varía entre el 30% y el 100% según alerta de nivel 4 a nivel 1 respectivamente. E incluso siendo del 100% es necesario controlar el aforo y garantizar la distancia.

“Es lógico que haya que reducir el aforo, pero ¿quién lo va a controlar? Imputar a la comunidad la responsabilidad de ese control cuando no tienen personal ni recursos es difícil, y más aún cuando tampoco tiene la capacidad de convocar una junta porque no se pueden reunir”, asegura Salvador Díez, presidente de CGCAF.

En las comunidades en las que sí hay personal contratado durante el verano, lo más frecuente es que se trate de un socorrista cuya competencia, en teoría, se limita al control de la piscina.

Martinez propone que, igual que «vigilan que no se cuelen personas ajenas a la comunidad» quizá podrían ayudar a controlar el aforo. Aunque lo que él plantea como solución de base es optar por la tecnología: «En muchas comunidades se utilizan aplicaciones para gestionar las reservas de las pistas de pádel y podría hacerse igual con las piscinas».

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¿Quién gestiona la cita previa?

De acuerdo con la orden, también se requerirá la concertación de cita previa con la entidad gestora de la instalación para utilizar la piscina, por lo que deberán organizarse horarios por turnos, «fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación».

Gallego, por su parte, añade que esta gestión podría provocar un conflicto entre algunos vecinos porque, después de la carga económica que tendrían que asumir, verían que no pueden disfrutar de la piscina con la frecuencia que querrían.

Martínez vuelve a proponer la tecnología como solución aunque reconoce que podrían llegar a producirse algunos problemas.

Vigilar que se cumplen las distancias de seguridad

A esto hay que sumar que el aforo podría ser aún menor que el fijado cuando se apliquen las medidas relacionadas con la distancia de seguridad. Hay que garantizar que, al menos, habrá dos metros entre usuarios en las zonas que rodean la piscina para tomar el sol y que se establecerá un espacio de uso reservado «para cada persona» que estará limitado «mediante señales en el suelo».

Si hay que delimitar esas zonas para cada persona y además dejar un mayor espacio en los lugares de paso, muy pocos podrán acceder a la piscina y esto, nuevamente, podría causar problemas entre los vecinos.

Desinfectar algunas superficies tres veces al día

Por otro lado, la orden del Ministerio de Sanidad sobre el uso de piscinas recreativas señala la necesidad de limpiar y desinfectar la instalación y lo que esta incluya: desde el vaso de la piscina hasta los baños que sean de uso compartido.

Además, las superficies que estén en contacto frecuente con las manos de los usuarios, como las barandillas de la piscina, se deberán limpiar y desinfectar al menos tres veces al día.

Para este fin se podrán utilizar unos biocidas concretos especificados en el BOE, así como diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.

«Esto implica que habría que tener a una persona contratada nada más que para las medidas de higiene y es inasumible. Pero es que incluso siguiendo todas las medidas tampoco se puede garantizar que las piscinas no vayan a ser un foco de contagio y podríamos poner en riesgo a la población», subraya Gallego.

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